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¡Cuidado con lo que facturas! ⚠️ Las consecuencias de una facturación incorrecta

  • Foto del escritor: La Empresa Ingrávida
    La Empresa Ingrávida
  • 18 mar
  • 2 Min. de lectura


La facturación correcta es un pilar de la gestión empresarial. No se trata solo de un trámite, sino de una obligación que, de no cumplirse, puede acarrear graves sanciones. En este artículo, desgranamos los requisitos de una buena factura y las consecuencias de no cumplir con la normativa.



Requisitos para una facturación correcta


Una factura válida debe contener:


  • Identificación completa: Datos del emisor y, si aplica, del receptor (nombre, NIF, domicilio).

  • Número y fecha: Número correlativo y fecha de emisión.

  • Descripción detallada: Concepto de la operación, cantidad y unidad de medida (si aplica).

  • Desglose de impuestos: Base imponible, tipo impositivo e importe del IVA.

  • Requisitos adicionales: Menciones específicas en casos concretos (operaciones exentas, regímenes especiales, etc.).


¿Qué pasa si la factura está mal?


La Ley General Tributaria (LGT) califica el incumplimiento de las obligaciones de facturación como infracción grave o muy grave. Esto incluye errores en la expedición, remisión, rectificación y conservación de facturas.


1. Infracción grave:


  • Incumplimiento de requisitos generales: Multa del 1% del importe total de las operaciones afectadas.

  • No expedición o no conservación: Multa del 2% del importe total de las operaciones (o 300 euros por operación si no se puede determinar el importe).


2. Infracción muy grave:


  • Facturas con datos falsos o manipulados: Multa del 75% del importe total de las operaciones afectadas.


3. Aumento de las sanciones:


Las sanciones pueden aumentar un 100% si el incumplimiento afecta sustancialmente la obligación de facturación, por ejemplo, si afecta a más del 20% del importe de las operaciones sujetas a facturación o impide a Hacienda determinar el importe real de las operaciones.

Infracciones y sanciones específicas en el IVA


La Ley 37/1992 también contempla infracciones y sanciones en el ámbito del IVA:


  • No consignar el Recargo de Equivalencia: Si un comerciante minorista compra bienes y el proveedor no indica el recargo de equivalencia en la factura, la sanción para el minorista será del 50% del recargo omitido (mínimo de 30 euros por operación).

  • Repercusión indebida del IVA: Si alguien que no es sujeto pasivo del IVA incluye IVA en una factura sin ingresarlo a Hacienda, la sanción será del 100% de las cuotas repercutidas indebidamente (mínimo de 300 euros por factura). Además, el cliente no podrá deducir ese IVA.


Ejemplos prácticos


  • Error en el NIF del cliente: Infracción grave, sanción del 1% del importe de la venta.

  • Factura sin número de serie: Infracción grave, sanción del 2% del importe de la venta (o 300 euros).

  • Factura con IVA incorrecto: Infracción muy grave, sanción del 75% del importe de la venta.


En resumen


Una facturación impecable es crucial para evitar problemas con Hacienda. Conoce los requisitos, evita los errores y asegúrate de cumplir con todas tus obligaciones fiscales.



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